lunes, 8 de enero de 2007

EL TLC Y LAS PREFERENCIAS COMERCIALES

Las diferencias entre el ATPDEA y el TLC son múltiples. El primero es un sistema mediante el cual Estados Unidos concede unas preferencias arancelarias a las exportaciones colombianas, por su lucha contra el narcotrafico. Es un sistema no es reciproco, por lo tanto, Colombia no esta en la obligación de conceder preferencias Estados Unidos y es temporal ya que Estados Unidos es libre a retirarlo cuando lo desee, aunque dentro de la OMC existe un procedimiento para la realización de consultas con el fin de lograr soluciones adecuadas . Para ser beneficiario del sistema un país tiene que cumplir unos condicionamientos tales como no haber anulado derechos de propiedad intelectual, tomar pasos para reconocer internacionalmente los derechos de los trabajadores, cumplir con las obligaciones en el marco de la OMC y cooperar en el desarrollo del ALCA. El TLC es un tratado reciproco ya que los miembros se conceden mutuamentes beneficios, permanente al menos que un miembro lo denuncie, más amplio en cobertura, pues incluye temas como el comercio de bienes, el comercio de servicios, la protección a los derechos de propiedad intelectual, asuntos laborales, medio ambiente y política de competencia y tiene un sistema de solución de controversias. Como la firma del TLC entre Colombia y Estados Unidos ha generado reacciones negativas por parte del Congreso de Estados Unidos, ahora controlado por los Demócratas, los países beneficiarios del ATPDEA vienen solicitando su prórroga, debido a que vence el 31 de diciembre de 2006, mientras que se decide la suerte del TLC. Sin embargo, como esta prórroga también debe ser aprobada por el Congreso, no hay ninguna garantía de que como compensación nos exigan, por ejemplo, mayor acceso a los productos agricolas o lo que sería mas grave, mayor protección a los derechos de propiedad intelectual mediante el patentamiento de los segundos usos, de las plantas y/o de los animales. Hay que recordar que en la anterior extensión del ATPA, Colombia tuvo que expedir el Decreto 2085/02 sobre protección a la información no divulgada para los productos farmaceúticos, lo que causó el descontento de la indutria farmaceútica nacional. Nos debemos de dar por bien servidos, entonces, si las exigencias son las relacionadas con la protección a los derechos de los trabajadores y al medio ambiente, pues son obligaciones ya contempladas en la legislación colombiana, temas sobre las cuales Estados Unidos no es un ejemplo de cumplimiento, pues poco protegen los derechos de los trabajadores, especialmente, los de los inmigrantes y el medio ambiente, pues no han adherido al Convenio de Kyoto.

LAS PREFERENCIAS COMERCIALES DEL ATPDEA

El Congreso de Estados Unidos, gracias a la mayoría republicana, aprobó la extensión por seis meses de las preferencias comerciales del ATPDEA. Con esta desición se aplaza más no se resulve los problemas de acceso de las exportaciones colombianas al mercado estadounidense. Colombia espera que estos queden resueltos con la aprobación del TLC por los Congresos de ambos países, de lo cual no hay ninguna garantía. Como bien se sabe el año entrante el Congreso americano va a estar controlado por los Demócratas, quienes se han mostrado en contra de los TLC y de las preferencias comerciales, ya que impulsan el traslado de empresas a los países con salarios más bajos, lo que afecta el empleo en Estados Unidos. El Congreso Colombiano tampoco lo puede aprobar, sin tener una señal clara de que el legislativo estadounidense procedera de igual forma.

Se comenta que el Congreso americano prodria aprobar el TLC exigiendo nuevas obligaciones a Colombia, por ejemplo, un mayor acceso a los productos agricolas o lo que sería mas grave, una mayor protección a los derechos de propiedad intelectual mediante el patentamiento de los segundos usos, de las plantas y/o de los animales. Hay que recordar que en la anterior extensión del ATPA, Colombia tuvo que expedir el Decreto 2085/02 sobre protección a la información no divulgada para los productos farmaceúticos, lo que causó el descontento de la indutria farmaceútica nacional. Nos debemos de dar por bien servidos, entonces, si las exigencias son las relacionadas con la protección a los derechos de los trabajadores y al medio ambiente, pues son obligaciones ya contempladas en la legislación colombiana, temas sobre las cuales Estados Unidos no es un ejemplo de cumplimiento, pues poco protegen los derechos de los trabajadores, especialmente, los de los inmigrantes y el medio ambiente, pues no han adherido al Convenio de Kyoto, incumplimientos que les permite ser competitivos con muchos productos en el mercado internacional, precisamente de lo que no quieren que se beneficien otros países.